Regularización extraordinaria 2026
Obtén tu autorización de residencia y trabajo con el nuevo proceso extraordinario.
Ten en cuenta que este proceso se encuentra actualmente en fase de borrador normativo, pendiente de aprobación definitiva mediante Real Decreto que modificará el vigente Reglamento de Extranjería.

¿Llevas tiempo en España sin regularizar tu situación?
El nuevo proceso extraordinario de regularización previsto para 2026 puede ser tu gran oportunidad: abre la puerta a que un elevado número de personas podrán acceder a una autorización de residencia y trabajo. Está regularización, puede ser la oportunidad legal más importante en años para miles de personas migrantes en España.

Analizaremos tu caso y prepararemos tu expediente
En nuestro despacho analizaremos tu caso, prepararemos tu expediente y presentaremos tu solicitud con todas las garantías, evitando errores que puedan retrasar o impedir su tramitación, y por medios telemáticos.
En procesos anteriores de regularización, muchas solicitudes fueron rechazadas por errores en la documentación o por no cumplir correctamente los requisitos. Por eso, contar con asesoramiento jurídico especializado será clave para aprovechar esta oportunidad.

Requisitos generales
Con carácter general, será necesario:

Encontrarse en España antes del 1 de enero de 2026 o haber solicitado protección internacional antes de esa fecha.

Acreditar una permanencia continuada de al menos 5 meses inmediatamente anteriores a la solicitud

Ser mayor de edad en el momento de presentación de la solicitud

Carecer de antecedentes penales en España y en los países en que hayas residido durante los cinco últimos años

No podrán acogerse a la regularización aquellas personas que tenga una solicitud en trámite ya sea de forma inicial, renovación, prórroga o modificación.

Analizamos también supuestos específicos, como solicitantes de asilo o situaciones de arraigo extraordinario (laboral, familiar o vulnerabilidad).
¿Qué ventajas ofrece este proceso?
La nueva regulación introduce medidas especialmente favorables:
Acceso a trabajo desde la admisión a trámite, mediante autorización provisional.
No se exige oferta de empleo previa para iniciar el procedimiento.
Suspensión de procedimientos de expulsión durante la tramitación.
Autorización inicial de residencia por 1 AÑO, con posibilidad de continuidad por vías ordinarias.
INICIA TU TRÁMITE CON SEGURIDAD.
La anticipación será determinante en este proceso. Preparar el expediente antes de la apertura del plazo permitirá presentar la solicitud con mayor agilidad y minimizar riesgos.
PIDE CITA AQUÍ
Recuerda que tener una cita previa te permitirá aprovechar al máximo tu tiempo y recibir atención especializada en el momento que lo necesites.
Preguntas frecuentes (FAQs)
¿Quién puede acogerse a la regularización extraordinaria de extranjeros en 2026?
Las personas que estaban enEspaña antes del 1 de enero de 2026.
No solicitaron protección internacional.
No tienen autorización vigente o se encuentren con una solicitud en trámite.
Acreditan cinco meses de permanencia continuada.
Carecen de antecedentes penales
¿Necesito contrato de trabajo para solicitarla?
El borrador contempla supuestos en los que basta acreditar intención de trabajar, vínculos familiares o situación de vulnerabilidad.
¿ Cómo se puede acreditar la permanencia en España?
Uno de los elementos clave será demostrar la estancia en España antes de la fecha límite fijada normativamente (previsiblemente 31 de diciembre de 2025).
Revisamos contigo toda la documentación para garantizar su validez. Entre los medios más habituales:
- Certificado de empadronamiento histórico
- Informes o citas del sistema sanitario
- Documentación de servicios sociales o asociaciones
- Contratos, facturas o justificantes económicos
- Billetes o pruebas de presencia física en territorio español
- ⚠️ La coherencia de fechas es esencial: cualquier inconsistencia puede dar lugar a la denegación.
¿Necesito contrato de trabajo para solicitarla?
El borrador contempla supuestos en los que basta acreditar intención de trabajar, vínculos familiares o situación de vulnerabilidad.
¿Puedo trabajar mientras se tramita la solicitud?
Sí. El borrador prevé una autorización provisional para residir y trabajar desde la admisión a trámite.
¿Hasta cuándo está previsto que se pueda presentar solicitudes?
Se ha informado de un plazo improrrogable que terminará el próximo 30 de junio de 2026.
